Me gustaría saber si es correcto el uso de la expresión «por ante», utilizada con frecuencia en el lenguaje jurídico dominicano. Ej. «La audiencia celebrada por ante el Primer Juzgado de la Instrucción», «la declaración jurada suscrita por ante el Notario Público del Distrito Nacional»… En lo personal, me parece que con el uso simplemente de ante queda entendida la oración.
La locución por ante, usual en actuaciones judiciales y notariales, es un arcaísmo superfluo, pues para una redacción sencilla y clara basta con decir ante.
«Por ante»: Locución usual en actuaciones judiciales y notariales en que se da fe de ciertas declaraciones o hechos. Constituye un arcaísmo superfluo; pues, para la redacción sencilla y clara, basta con decir ante.