De palabra en palabra: «correccionalizar», «periodo»/«cardiaco», «al lado de» /«del lado de», «interactuación»

3/11/2017 | Roberto E. Guzmán (Academia Dominicana de la Lengua, República Dominicana

CORRECCIONALIZAR

“. . .la ley francesa CORRECCIONALIZÓ el tipo convirtiéndolo en un simple delito”.

Este verbo del título aparenta ser una creación del español dominicano. Es de circulación o uso solo en el vocabulario jurídico dominicano. En este campo el verbo es de uso corriente. Si nadie se ha ocupado de este antes es porque su radio de acción se circunscribe al área jurídica.

Todavía el verbo en cuestión no ha sido inventariado en ninguno de los lexicones elaborados para registrar las voces dominicanas.

Para tratar de definir el verbo habrá que comenzar por otras palabras de la misma familia con el fin de hacer más inteligible la definición.

Hay muchos tipos de delitos. Un delito en su aspecto jurídico es un quebrantamiento de la ley. Por el hecho de que quebranta la ley el delito se castiga. Usualmente se castiga con una pena pecuniaria o de prisión. Una infracción es una transgresión o quebrantamiento de la ley o norma.

La corrección es la reprensión de un delito, de una falta. Todo lo anterior se toma en su sentido más amplio, es decir, general.

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