¿El tamaño (de la letra) importa? En el recurso de casación sí

| Cinco Días (España)

Por primera vez el tamaño de la letra ha sido un obstáculo para recurrir en casación.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha dictado una resolución pionera en la historia de los procesos españoles. Su Sala de lo Contencioso-Administrativo ha requerido a un abogado del Estado para que subsane los defectos de su escrito de preparación del recurso de casación por no adaptarse a los criterios orientadores respecto a la forma que el Tribunal Supremo recomienda y, en concreto, porque «no se ha utilizado para el texto como fuente Times New Roman con un tamaño de 12 puntos, sino de 11,5 puntos». La parte afectada tendrá un plazo de diez días para modificar el tamaño de la letra y de cinco para interponer recurso de reposición.

 Esta resolución tiene su fundamento en los requisitos formales que la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo estableció, mediante Acuerdo de 20 de abril de 2016, para los principales escritos de la casación contencioso-administrativa que, además de constituir una novedad en el ordenamiento jurídico español, sembró incertidumbre en su momento por no estar previstas las consecuencias que su incumplimiento conlleva ni en qué medida podrían afectar requisitos tales como la extensión de un recurso o la fuente utilizada al derecho de defensa.

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