referendo y referéndum, formas válidas

Las voces referendo y referéndum son ambas correctas para referirse al ‘procedimiento por el que se someten al voto popular leyes o decisiones políticas con carácter decisorio o consultivo’.

Estas palabras aparecen indistintamente en los medios de comunicación dominicanos, sobre todo en las últimas semanas ante la posibilidad de que se utilice este procedimiento para decidir la despenalización o no del aborto en tres circunstancias específicas: «El Gobierno impulsará un referéndum para decidir sobre el aborto», «La exsenadora de la provincia Santo Domingo afirmó que se opone a un posible referéndum sobre el aborto», «Obispos dicen “un referendo no puede decidir sobre la vida”» y «Diputados harán vistas públicas este jueves para estudiar nueva ley de referendo consultivo».

Los dos términos figuran como sinónimos en el Diccionario de la lengua española, tal como refleja su uso en los ejemplos anteriores, que, por tanto, pueden considerarse correctos.

No obstante, resulta preferible la forma hispanizada referendo (plural referendos) a la variante etimológica latina referéndum, por tratarse de una hispanización más acorde a los patrones ortográficos del español. Igual sucede con voces como pódium/podio o auditorio/auditórium.

El plural de referéndum es referéndums, no el plural en latín referenda, que se emplea en inglés y otros idiomas.

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