Código Penal dominicano, no Código Penal Dominicano

La denominación Código Penal dominicano debe escribirse con el adjetivo dominicano en minúscula.

No obstante, con motivo de los debates legislativos sobre el nuevo Código Penal de la República Dominicana, convertido en ley ayer, 3 de agosto, luego de 28 años de preparación y discusión, no es raro encontrar el gentilicio con mayúscula inicial en las noticias sobre este proceso: «Pasada la medianoche, los diputados continúan en una maratónica sesión para el conocimiento de la modificación del Código Penal Dominicano», «Una revisión al anteproyecto de ley que dará paso al nuevo Código Penal Dominicano ha ocasionado la reacción de diversos grupos sociales» o «El Código Penal Dominicano (CP) tiene una antigüedad de más de 140 años».

De acuerdo con la Ortografía de la lengua española, los títulos de los documentos legislativos, tales como códigos, leyes, decretos y reglamentos, se escriben con inicial mayúscula en cada uno de sus elementos significativos, generalmente sustantivos y adjetivos, tanto en sus usos extendidos como abreviados: Código Civil de la República Dominicana o Código Civil; Código Penal de la República Dominicana o Código Penal. Esa mayúscula, sin embargo, no debe trasladarse a los especificadores que acompañen la denominación y que no forman parte de su nombre oficial: el Código Civil dominicano, el Código Penal dominicano

De modo, pues, que en los ejemplos citados lo adecuado habría sido escribir «Pasada la medianoche, los diputados continúan en una maratónica sesión para el conocimiento de la modificación del Código Penal dominicano», «Una revisión al anteproyecto de ley que dará paso al nuevo Código Penal dominicano ha ocasionado la reacción de diversos grupos sociales» y «El Código Penal dominicano (CP) tiene una antigüedad de más de 140 años».

Es oportuno recordar que cuando se hace referencia a algún apartado de las leyes, códigos, etc., se escriben en minúscula palabras como apartado, artículo, inciso, párrafo título, al igual que sus abreviaturas (apdo., art., inc.): «El artículo 112 tipifica los atentados culposos contra la vida».

Ver también nuestra recomendación anterior sobre un tema similar: Ley de Extinción de Dominio, escritura adecuada

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